25 de Julio de 2015
Un año después la Ley Universitaria se abre paso, pero hay resistencia a los cambios
Avances y pendientes. Se efectuó el cierre de la ANR y la creación de la Sunedu. En ese tiempo ocho universidades públicas autorizadas cambiaron de autoridades y estatutos, mientras que otras diez privadas no se adecúan a la norma. El reglamento de estándares básicos estará listo el próximo mes.
Escribe:
Milagros Berríos
Ninguna universidad peruana figura entre las 500 mejores del mundo, según el QS World University Rankings 2013. En cuatro años, todas las casas de estudios nacionales produjeron 4.311 revistas especializadas. Sin embargo, en ese mismo periodo, solo la Universidad de Chile llegó a publicar el doble.
PUEDES VER: Ley Universitaria: Congresista Mora pide que se denuncie a 20 rectores por desacato
Hace poco más de dos semanas, la Ley Universitaria cumplió un año de promulgada. Sus disposiciones incluyen la promoción de la investigación a través de fondos vinculados al desempeño, así como proyectos en gestión, ciencias y tecnología. Así, esta norma –según sus promotores– apuntaba a convertirse en el primer hito en la reforma de la educación superior e, incluso, de la gestión del presidente Ollanta Humala en materia educativa.
Pero, ¿qué se ha avanzado? Desde julio del 2014 hasta este año, se efectuó el cierre de la Asamblea Nacional de Rectores (ANR), la creación de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu), la designación como superintendenta de Lorena Masías Quiroga y la elección del Consejo Directivo. Esto último se realizó en mayo.
En el marco de la norma vigente, se inició la implementación de la primera disposición complementaria transitoria, que incluía el cambio de rectores, vicerrectores y decanos, así como la aprobación de estatutos en las 31 universidades públicas institucionalizadas (con autorización definitiva).
En el caso de las universidades privadas, la ley dispone la adecuación de los estatutos, lo cual debería darse en un plazo máximo de 90 días desde la entrada en vigencia de la norma.
Y si bien la resistencia a la ley por parte de un sector de estudiantes y de autoridades se observó apenas se debatía la iniciativa legislativa, en esa etapa, el rechazo se agudizó.
De acuerdo al último balance de la Sunedu, ocho universidades públicas autorizadas cumplieron con la elección, parcial o total, de sus autoridades y modificaron sus estatutos. Entre ellas se encuentran la Universidad Nacional Amazónica Madre de Dios, la de San Martín y la Santiago Antúnez de Mayolo.
Otras ocho adecuarán sus estatutos y cronogramas hasta octubre próximo y cinco lo deberán hacer a partir de noviembre, según lo previsto. Entre estas últimas están la Universidad Federico Villarreal, Enrique Guzmán y Valle (La Cantuta), así como la de Tumbes o la Pedro Ruiz Gallo.
Pese a ello, esta última institución está envuelta en una denuncia por peculado, "planillas doradas" y la elaboración masiva de tesis. La Fiscalía formalizó el pedido de 18 meses de prisión preventiva contra cuatro catedráticos y el rector Agustín Ramos sigue prófugo.
Ahora bien, además de las instituciones ya mencionadas existen otras con mayores retrasos. La Universidad Micaela Bastidas, de Apurímac, adecuó sus estatutos, pero no cuenta con cronograma de elecciones por impedimento judicial; mientras que la universidad Hermilio Valdizán, de Huánuco, tiene problemas internos.
En tanto, otras ocho han sido calificadas como "rebeldes a lo dispuesto en la ley": San Agustín (Arequipa), San Antonio Abad (Cusco), Jorge Basadre (Tacna), San Luis Gonzaga (Ica), la del Santa (Áncash), así como la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (Lima), la de Ucayali y la del Callao.
Mientras estas universidades no implementen por completo la primera disposición transitoria de la ley, están prohibidas de nombrar, ascender o ratificar a personal docente y no docente. Tampoco pueden acceder a fondos concursables del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (Concytec).
Según el vicepresidente de la Asociación de Universidades del Perú (ASUP), Iván Rodríguez, este retraso responde a que cada universidad "tiene su ritmo y la ley invita a que la renovación de autoridades se ejecute antes de que concluya su mandato". En esa línea, el último rector que dejaría su cargo sería Roberto Mosqueira de la Universidad de Cajamarca. Lo haría recién el 2019, una vez vencido su plazo de cinco años.
Precisamente, este punto generó conflictos: los plazos. Por un lado, el Consejo Directivo de la Sunedu, el 22 de junio, estableció como fecha límite para ejecutar los cambios el 31 de diciembre del 2015. De no hacerlo, las universidades recibirían sanciones monetarias y hasta habrá denuncias penales contra los responsables.
No obstante, el establecer una fecha resultó ser una medida "arbitraria e ilegal" al no estar incluida expresamente en la ley, según Pedro Cotillo, rector de la UNMSM y presidente de la ASUP, que agrupa a 64 universidades y que se constituyó en setiembre del 2014.
En tanto, ¿qué sucede con las privadas? De acuerdo al último informe remitido por estas instituciones a la Sunedu, el 80% ha cumplido y 10 casas de estudios aún no elaboran sus estatutos. Entre ellas están la Universidad Peruana de Ciencias e Informática; la Universidad de Piura; la Universidad Privada Señor de Sipán; la Universidad Privada Telesup; la Universidad Particular de Chiclayo y la Católica San Pablo. Otras como Norbert Wiener y la Continental no informan sobre sus avances.
No hay sanciones
Entre las principales medidas que debe implementar la Sunedu están los reglamentos que orienten su operación: el de organización, el de sanciones e infracciones, así como el de condiciones básicas. Este último hace referencia a uno de los procesos fundamentales para asegurar la calidad: el licenciamiento, a través del cual se establece y verifica la existencia de estándares para el funcionamiento del servicio.
El licenciamiento permite determinar si las universidades tienen recursos, infraestructura, bibliotecas o si, por el contrario, están encima de restaurantes, centros comerciales y carecen del equipamiento que motivó la discusión durante el debate de la ley. De incumplir con los requisitos, se aplicarán sanciones que incluyen el cierre de la institución.
El titular de la Dirección General de Educación Superior Universitaria del Minedu, Juan Antonio Trelles, considera que si bien se esperaba que las condiciones básicas de licenciamiento estén listas más pronto, el proceso resulta ser complejo. "Al establecer las condiciones básicas de licenciamiento podríamos haber empezado a supervisar, a través de la Sunedu, algunas universidades, ver si ofrecen el servicio y determinar si pueden permanecer o no", sostiene el funcionario.
En mayo pasado, la titular de la Sunedu, Lorena Masías, indicó que la primera propuesta del reglamento estaría lista en julio. Consultada, ahora, sobre ello, la superintendenta ratifica que el documento está demorando más de lo previsto debido a su complejidad. "Estamos teniendo particular cuidado en definir estándares, criterios e indicadores para no quedarnos en un nivel abstracto y que se pueda aplicar la norma".
Este reglamento estaría listo la segunda quincena de agosto. Luego se definirá su implementación para la evaluación de las condiciones básicas, en primer momento, de las universidades públicas con autorización provisional.
Sunedu en cuestión
Al respecto, Iván Rodríguez, también rector de la Universidad Particular Ricardo Palma, considera que esta situación evidencia que la demora en la adecuación no solo se da en las universidades, sino también en la Sunedu. "La misma superintendencia no tiene todos los instrumentos como para estar dando las pautas a fin de que las instituciones cumplan con la implementación. Falta la construcción de estándares, reglamentos, lo están sacando por partes", dice.
Masías agrega que mientras se termine el reglamento de estándares básicos, se aplicará el de infraestructura inmobiliaria, el cual estará listo la primera quincena de agosto. Allí se comenzarán las evaluaciones en cinco universidades.
Según prevé la Sunedu, en cinco años todas las universidades contarán con los estándares básicos de calidad.
Entre los documentos ya concluidos están la guía para la adecuación de gobiernos en las universidades públicas. Aquellas que incumplan con este proceso o con el de licenciamiento recibirán sanciones y para eso también se necesita un reglamento, el cual estará listo en dos semanas.
Lo que se espera
Para el director general del Instituto de Estudios Peruanos y miembro del Consejo Nacional de Educación, Ricardo Cuenca, hasta el momento se ha ejecutado lo contemplado en la ley para esta primera etapa. "Ahora, lo que resta es consolidar la ley y terminar la adecuación, porque es inadmisible que universidades como San Marcos no la acaten. Además se deberían estar haciendo los primeros licenciamientos y ojalá el sistema de acreditación ya esté reformado", refiere.
Por su parte, Octavio Sifuentes, de la Federación Nacional de Docentes Universitarios, considera que también quedaría pendiente la mejora remunerativa, orientada básicamente a la homologación de sus salarios con los de los magistrados. "Entendemos que el Gobierno no puede pagar de golpe, pero puede darse por etapas. Exigimos que esté en el mensaje presidencial, afirma.
La ley otorga cinco años para que los catedráticos se adecúen a medidas como la obtención de maestrías. Sobre ello, Trelles adelantó que entre octubre y noviembre se lanzará la convocatoria a 900 becas "Catedrático" para estudios de posgrado. "Lo concentraremos en las 12 universidades públicas más emblemáticas, con más usuarios", adelanta.
Si la Ley Universitaria generó debate, ahora vienen nuevas discusiones en torno a los proyectos para crear el Consejo Peruano de Acreditación de la Educación Superior (Copaes) y la reforma de los institutos.
Acreditación: proponen crear Copaes y extinguir el Sineace
Mientras que el licenciamiento evalúa los estándares básicos, la acreditación de calidad debe velar por las condiciones de excelencia. Este último proceso está a cargo del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de Calidad Educativa (Sineace).
En mayo, el Poder Ejecutivo presentó al Congreso el proyecto de ley de creación del Consejo Peruano de Acreditación de la Educación Superior (Copaes).
Según el sector Educación, esta propuesta responde –entre otros puntos– a la existencia de tres debilidades en el actual proceso. En primer lugar, no existía un sistema adecuado de licenciamiento en las universidades, por lo que no se acreditaba la calidad, sino las condiciones elementales.
"Al ser un sistema nacional, si una institución tenía acreditación internacional, debía pasar por el Sineace para recién ser considerada acreditada", agrega Trelles.
Además, "el Sineace estaba conformado por tres órganos operadores: Ipeba, Coneaces y Coneau, que representaban intereses de las entidades que se acreditaban", se argumenta.
Hay que precisar que los estándares para la acreditación establecidos por el Sineace fueron publicados en 2009 y siguen vigentes. Según datos de su portal web, esta institución trabaja en nuevos estándares que se articulen con el licenciamiento que otorgará la Sunedu.
De acuerdo a la Ley del Sineace, la acreditación nacional no estaría contrapuesta a la internacional, por lo que puede ser reconocida de cumplir con las exigencias.
La actual Ley Universitaria considera la reorganización del Sineace. El proyecto de ley propone su extinción.
Proyectos
IDENTIDAD. Para el 2016, los ingresantes de 10 universidades con autorización provisional tendrían como código el número de su DNI.
OBSERVATORIO. Se prevé que en 5 años estará listo un sistema de información, en el que figuren número de egresados, dueños, estatutos, costos, política de becas.
DEBATE. Se estima que en la quincena de agosto el Tribunal Constitucional tendrá el fallo sobre el futuro de la Ley Universitaria.
PROPUESTA. Existe un anteproyecto de la nueva Ley Universitaria, el cual fue elaborado por la ex ANR.
CUMPLIMIENTO. Diez universidades con autorización provisional cambiaron sus comisiones organizadoras. Otras 6 o 7 faltan renovar.
http://larepublica.pe/impresa/politica/17869-un-ano-despues-la-ley-universitaria-se-abre-paso-pero-hay-resistencia-los-cambios
21 DE JULIO DEL 2015 | 15:10
Ley Universitaria: plazo de adecuación vence el 31 de diciembre
Guía publicada hoy en El Peruano reitera que rectores de universidades públicas deben culminar su gestión este año
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Ley Universitaria: plazo de adecuación vence el 31 de diciembre
(Foto referencial / Archivo El Comercio)
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La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) publicó hoy en el diario El Peruano una guía para la adecuación del gobierno de las universidades públicas a lo dispuesto por la ley N°30220. La guía reitera que las actuales autoridades universitarias en 31 centros de estudios públicos institucionalizados deberán terminar sus mandatos el 31 de diciembre del 2015.
Según la resolución 002-2015 de la Sunedu, las universidades públicas que aún estén en proceso de adecuación a la norma, o que todavía no la hayan iniciado, deberán cumplir el siguiente cronograma:
17 de agosto 2015. Cesa la Asamblea Universitaria vigente. Este es el máximo órgano de gobierno en la universidad.
27 de agosto del 2015. Se conforma el comité electoral universitario transitorio autónomo (Ceuta), encargado de convocar a la elección de miembros que redactarán el nuevo estatuto o reglamento de la casa de estudios.
21 de setiembre 2015. Se elige a la Asamblea Estatutaria (AE).
15 de noviembre. Se aprueban los nuevos estatutos y el cronograma de elecciones de nuevas autoridades. La AE asume transitoriamente las funciones de la asamblea.
31 de diciembre. Se elige, designa y oficializa en el cargo a las nuevas autoridades electas.
De acuerdo con el documento, el cronograma propuesto no implica que aquellas autoridades que terminan su gestión antes del 31 de diciembre puedan extender su mandato hasta dicho plazo.
"Por ejemplo, si el mandato de las autoridades vigentes concluye el 31 de agosto, la asamblea estatutaria deberá fijar en su cronograma, como fecha de designación y asunción del cargo de las nuevas autoridades, una fecha anterior al 31 de agosto, y no alargar el cambio de autoridades hasta el 31 de diciembre", se detalla.
Desde la aprobación de la nueva ley, en julio del 2014, los procesos de nombramiento de docentes, ascensos y ratificaciones fueron suspendidos en las universidades públicas. Para ser reactivados, estas casas de estudio deberán estar adecuadas a lo que dispone la Sunedu.
En junio pasado, El Comercio informó que, de las 31 universidades públicas que deben pasar por el proceso de adecuación, ocho no habían iniciado el trámite y eran consideradas como "rebeldes" por la superintendencia. Estas eran la Universidad Nacional de San Agustín (Arequipa), U. Nacional San Antonio Abad del Cusco, U. Nacional de Ucayali, U. Nacional Jorge Basadre Grohmann (Tacna), U. Nacional del Callao (Lima), U. Nacional San Luis Gonzaga (Ica), U. Nacional del Santa (Áncash) y la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (Lima),
En las restantes 23 ya se habían elegido a rectores, vicerrectores y decanos, o se estaban redactando los nuevos estatutos.
http://elcomercio.pe/peru/pais/ley-universitaria-plazo-adecuacion-vence-31-diciembre-noticia-1827487
23 de Agosto de 2015
Ley Universitaria: nueve instituciones particulares aún no renuevan estatutos
Local universitario
Local universitario.
De 45 universidades particulares autorizadas, 9 aún no culminan con la elaboración y adecuación de sus estatutos a la actual Ley Universitaria. Las otras 36 ya tienen este documento, el cual viene siendo verificado por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu).
Según la directora de fiscalización y sanción de la Sunedu, Ana Luisa Alfaro, las universidades privadas están obligadas a presentar sus estatutos ante este organismo.
Precisó que la Sunedu no tiene facultades para aprobar o ratificar el estatuto de las universidades; sin embargo, sí puede verificar si la aprobación y el contenido se ajustan a lo dispuesto a la Constitución y a la Ley Universitaria.
Hay que precisar que hasta julio pasado, como lo informó La República, el 80% de las instituciones privadas había cumplido con dicha disposición. Otras 10 aún no lo hacían.
Mientras que la Ley Universitaria dispone que las instituciones privadas adecúen sus estatutos, las públicas también deben cumplir con el cambio de autoridades. Estas últimas tienen plazo hasta el 31 de diciembre de este año.
http://larepublica.pe/impresa/sociedad/558982-ley-universitaria-nueve-instituciones-particulares-aun-no-renuevan-estatutos
27 de Junio de 2014 | 18:59 Nueva Ley Universitaria: estos son los cambios más importantes del proyecto aprobado
Mora tuvo que dar algunos pasos atrás para obtener la mayoría en el Congreso. Por ejemplo, la acreditación seguirá siendo voluntaria y ya no obligatoria como lo propuso inicialmente. La ley no es retroactiva, es decir, no afecta a los actuales alumnos.
Rider Bendezú
@RiderBendezu
Luego de meses de discusión e idas y vueltas, el Pleno del Congreso de la República aprobó el proyecto de la nueva ley universitaria que se presenta como una reforma en la educación superior.
Sin embargo, para su aprobación, Daniel Mora, presidente de la Comisión de Educación, tuvo que dar pasos atrás, como dejar de lado su Suneu por el proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo referido al segundo capítulo.
A pesar de ser resistida, el texto establece la creación de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) en reemplazo de la Asamblea Nacional de Rectores (ANR) apenas se instale.
SUPERINTENDENCIA
Tras pasar de la Superintendencia Nacional de Educación Universitaria (Suneu), esta nueva Sunedu será el órgano operador del sistema educativo universitario, aunque, como ha sido criticada en todo este tiempo, estará adscrita al Ministerio de Educación.
Siete serán los integrantes del consejo directivo, de los cuales cinco serán elegidos por concurso público nacional, mientras que uno representará al Ministerio de Educación y otro al Concytec.
El Ministerio de Educación será encargado de convocar el concurso público para la elección de los otros cinco integrantes del consejo. Sin embargo, de estos cinco, dos provendrán de las universidades nacionales y uno de las privadas.
En tanto, el Consejo Nacional de la Educación (CNE) será la institución que evalúe a estos candidatos, incluidos a los dos puestos restantes.
Mora Zevallos fue enfático al afirmar que, pese a estar adscrita al Ministerio de Educación, la Sunedu no viola la autonomía universitaria. Explicó que esta institución contará con autonomía administrativa y presupuestal.
ELIMINACIÓN DE BACHILLER AUTOMÁTICO
Una de las grandes modificaciones del dictamen son los nuevos requisitos para la obtención del grado de bachiller. Es así que los estudiantes de pregrado que culminen satisfactoriamente sus cursos y créditos ya no podrán tener el grado con un solo trámite administrativo.
La ley, que espera ser promulgada por el Poder Ejecutivo, plantea que el universitario presente y sustente un trabajo de investigación, a modo de tesina, el cual sería desarrollado desde el último ciclo con el curso de tesis.
Sin embargo, es importarte recalcar que este trabajo no es una tesis. Además, el estudiante debe sustentar el conocimiento de un idioma extranjero, siendo de preferencia el inglés, o una lengua nativa.
Cabe indicar que la ley no es retroactiva, es decir, no afecta a los estudiantes de los últimos ciclos, sino a aquellos que ingresen a la universidad luego de la eventual promulgación del dictamen.
TITULACIÓN PROFESIONAL
En el caso de la obtención del título profesional de licenciado, el texto indica que el aspirante deberá ser bachiller obligatoriamente y presentar una tesis de investigación, además de otros requisitos administrativos.
Es decir, sí se diferencia con el requisito del bachiller en lo que prefiere a la tesis de investigación. Dicho de otra manera, el estudiante deberá presentar un trabajo para el bachiller y una tesis para el título.
Sin embargo, el requisito de la tesis es alternativo, pudiendo el bachiller presentar un trabajo de suficiencia profesional u otra modalidad que la universidad establezca como lo son en la actualidad los cursos de actualización profesional.
Un artículo importante es el que indica que el título profesional solo se podrá obtener en la universidad en donde el estudiante culminó sus créditos, dando por concluida aquella práctica en la que el alumno consigue la licenciatura en una universidad distinta.
ELECCIÓN UNIVERSAL A MEDIAS
Otro de los retrocesos del proyecto de ley es la elección de las autoridades universitarias. Inicialmente, esta sería universal en todas. Sin embargo, ahora solo en las nacionales participarán de la votación los estudiantes.
En el caso de las universidades privadas, serán sus propios estatutos los que determinen el modo en que se elegirán a sus rectores y vicerrectores, pudiendo ser estos reelegidos, muy diferente a lo que se fija para las públicas.
El candidato a rector debe ser, obligatoriamente, doctor y no debe haber sido condena por delito doloso con sentencia de autoridad de cosa juzgada. Tampoco puede estar consignado en el registro nacional de sanciones de destitución y despido.
Rector y los dos vicerrectores, en universidades públicas, serán elegidos por votación universal y deberán presentarse en lista única, debiendo obtener más del 50 % de los votos ponderados de los estudiantes y docentes. En caso ninguna lista obtenga la mayoría de votos, se pasará a una segunda vuelta entre las dos planchas con mayor votación.
ACREDITACIÓN DE LAS UNIVERSIDADES
Otro de los retrocesos de Mora en su dictamen original es la acreditación que pasó de ser de obligatoria a voluntaria.
Inicialmente, se detallaba que el Sineace se encargaría de este proceso, pudiendo solo las universidades acreditadas por esta institución entregar títulos a nombre de la Nación. Sin embargo, el titular de la Comisión de Educación terminó por ceder a las presiones de otros congresistas a cambio del apoyo al resto el proyecto.
Es así que el proyecto ya no habla de requisitos o condicionamientos a las universidades, sino de beneficios para aquellas que obtengan su certificación y acreditación.
Tan solo algunas carreras tendrán la acreditación obligatoria como requisito, pero las otras recibirán beneficios tributarios en la reinversión si es que obtienen esta certificación.
http://larepublica.pe/26-06-2014/ley-universitaria-lo-que-debes-saber-sobre-la-nueva-ley
Mejores Universidades, Carreras rentables, Empleos mejor pagados, demanda laboral, oferta educativa, ranking, pensiones, becas, carreras mas solicitadas, carreras técnicas, admisión, postgrado, Maestrías, Diplomados, Vacantes
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